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Los ESPACIOS AEREOS y su reglamentación aplicada al VUELO LIBRE 2015
En todos los países se han publicado decretos para adaptarse a las exigencias de la OACI
(Organización de Aviación Civil Internacional) y para la creación del denominado “Cielo Unico
Europeo”. Toda la reglamentación e información está disponible en los sitios web de Aena, Aesa,
Enaire, Easa y Oaci
El Vuelo Libre debe por tanto respetar las reglas que le incumben dentro del Reglamento de
Circulación Aérea (en el caso de España) y que serían las equivalentes al Código de la Circulación.
El no respeto de la reglamentación aérea es un delito penal que puede ser castigado con fuertes
sanciones.
Los capítulos específicos del Reglamento de Circulación Aérea que, a día de hoy, son aplicables al
Vuelo Libre son primordialmente los relativos a las reglas de vuelo visual (VFR).
Igualmente se aplican todas las leyes que regulen cualquier espacio protegido (parques naturales,
regionales, nacionales, etc) y todas las relativas a espacio aéreo detalladas dentro de los reglamentos
federativos o no federativos, donde se determine la enseñanza y aprendizaje del Vuelo Libre.
También debe aplicarse lo detallado en los anexos 2 (reglamento-reglas del aire) y 11 (servicios de
tránsito aéreo) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (OACI).
2. “ESTATUTO DEL PILOTO A BORDO” (copia de FFVL)
Por considerarlo de suma importancia, este apartado se ha extraído completo, traducido exacto y sin
obviar nada, desde el capítulo correspondiente en el documento de la FFVL.
Aeronave: Cualquier aparato capaz de elevarse y circular por el aire. Por tanto, el parapente y el ala delta
son aeronaves.
El parapentista o el deltista, a bordo de su aeronave, tienen consideración de piloto.
Si el equipo lleva a varias personas, como el caso de vuelos biplaza, puede haber un piloto y un pasajero o
bien dos pilotos. En cualquier caso, sólo habrá un piloto responsable a bordo.
Responsabilidades y obligaciones del piloto a bordo:
• Asume toda responsabilidad del vuelo, del comportamiento del aparato a su mando y de la aplicación de las
reglas del aire.
• Antes de emprender un vuelo, debe de asegurarse del correcto funcionamiento de su aparato y de su equipo
(en particular revisiones pre-vuelo) y conocer toda la información disponible que fuera útil para el vuelo (uso
de zonas de despegue y aterrizaje, información aeronáutica, meteorológica, etc….)
• No cometerá negligencias o imprudencias en la conducta con otras aeronaves.
• No volará bajo la influencia de bebidas alcohólicas, narcóticos o estupefacientes.
• No saldrá con fatiga excesiva antes de emprender un vuelo.
La responsabilidad de cada piloto es pues completa, especialmente a nivel de búsqueda y
conocimiento de información aeronáutica necesaria para cada vuelo: Espacios aéreos donde se
evoluciona, actividades señaladas por Notam, etc. (ver más adelante apartado con mención a los
Notam)
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